Estimados clientes:

En los últimos días se ha generado cierta confusión sobre el alcance del aplazamiento de VERI*FACTU anunciado por el Gobierno. Queremos compartir con vosotros la información oficial que hemos recibido directamente de la Agencia Tributaria, ya que afecta de manera directa a vuestra situación según el estado actual de vuestros sistemas.

Lo que realmente significa el aplazamiento

El Real Decreto-ley 15/2025 amplía los plazos para que los obligados tributarios adapten sus sistemas hasta enero o julio de 2027, pero esta prórroga NO modifica las obligaciones de los fabricantes y proveedores de software. Hacienda ha sido clara: cualquier software que comercialicemos a nuevos clientes o que actualicemos debe estar plenamente adaptado al RD 1007/2023.

Si ya habéis integrado nuestra API de VERI*FACTU

Nuestra API de VERI*FACTU forma parte de un Sistema Informático de Facturación (SIF) completo y cumple con todos los requisitos del Reglamento. Esto significa que vuestro software ya está adaptado si has actualizado a la última versión y debe funcionar conforme a la normativa vigente.

⛔ Hacienda es tajante en este punto:

Un software adaptado debe operar siempre en una de las dos modalidades previstas (VERIFACTU o NO VERIFACTU), sin posibilidad de desactivar el cumplimiento. No existe la opción de «echar marcha atrás» o volver a un sistema no conforme una vez que se ha implementado la solución.

Consecuencias prácticas para vosotros:

Si vuestro ERP ya incorpora nuestra API de VERI*FACTU, debéis continuar operando bajo el marco regulatorio establecido. Esto no solo os protege ante futuras inspecciones, sino que también garantiza que vuestro software cumple con la Ley Antifraude que lleva vigente desde octubre de 2021 en aspectos fundamentales de integridad, trazabilidad e inalterabilidad de datos.

 

Para nuevas instalaciones o migraciones

La normativa es igualmente clara: no podemos realizar nuevas implementaciones que no incluyan soporte para VERI*FACTU. Desde el punto de vista legal, ese software simplemente no puede existir en el mercado desde julio de 2025. Cualquier nueva instalación que realicemos debe estar plenamente preparada para operar conforme al Reglamento SIF desde el primer día.

 

Nuestras recomendaciones

✓ Para clientes que ya han integrado VERI*FACTU:

  • Continuad operando con normalidad. Vuestros sistemas ya cumplen la normativa y estáis protegidos. No intentéis revertir la integración, ya que eso os situaría en una posición de incumplimiento.

Para clientes con contratos de mantenimiento previos que aún no han actualizado:

  • Podéis beneficiaros del aplazamiento hasta las nuevas fechas límite (enero o julio de 2027, según vuestro caso). Sin embargo, cualquier actualización significativa o cambio de versión deberá incluir ya la adaptación completa.

Para nuevos proyectos:

  • Todas las implementaciones incluirán desde el inicio el cumplimiento del RD 1007/2023. No hay alternativa posible ni es negociable.

Por qué es importante cumplir

Más allá de evitar sanciones, cumplir con la Ley Antifraude y el Reglamento SIF os protege. El artículo 201 bis establece infracciones tributarias para quienes utilicen software que permita alterar transacciones registradas. Un sistema adaptado garantiza la integridad de vuestra información contable y fiscal, lo cual es fundamental ante cualquier inspección.

Además, como empresa que lleva desde 2021 trabajando en la adaptación de nuestras soluciones, consideramos que es un agravio comparativo que algunas empresas continúen comercializando software no conforme mientras otras hemos realizado el esfuerzo necesario para cumplir desde el primer momento.

Estamos a vuestra disposición

Entendemos que esta situación puede generar dudas. Nuestro equipo está a vuestra disposición para resolver cualquier consulta específica sobre vuestro caso particular y ayudaros a planificar los próximos pasos de la manera más eficiente posible.